viernes, 24 de abril de 2015

Xustificación da campaña.

a) Os dreitos humanos na nosa campaña:
Non había ningunha relacionada con este tema, xa que na época na que se fixeron a xente non estaba concienciada con este tema e foi máis tarde cando se comezou a tratar.

b)Os dereitos e deberes da Constitución española:
Como na Declaración dos Dereitos Humanos, no tempo da súa fabricación aínda non estaban concienciados sobre este tema.

c)
-Defensor del pueblo.
-Protocolo de Kioto.

2 comentarios:

  1. No apartado b) discrepo:

    Artículo 45 Constitución Española 1978

    Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.

    Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.

    Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.

    http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=45&tipo=2



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  2. No apartado c):

    La "Declaración de Estocolmo" proclama que "El hombre tiene el derecho fundamental (...) al disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, y tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio para las obligaciones futuras".

    Existe un Programa de Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente (PNUMA).

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